Viernes 17 de Mayo de 2024

Diputada sugiere solo pagar por el agua recibida

Rubén Pacheco

Huasteca Hoy

De aprobarse por el Pleno del Congreso del Estado, si el servicio de agua potable no se presta o se interrumpe, durante el tiempo que no se otorgue el mismo no podrá ser cobrado.

Por lo tanto, en el recibo correspondiente solamente se reflejará el monto proporcional en el caso de tarifa fija y en el servicio medido el costo del volumen de agua efectivamente entregado.

No obstante, si mediante pipas u otros conductos se regulariza el servicio, el cobro será de acuerdo a la cantidad de agua suministrada con base en el costo previsto o en su caso al tiempo que se brindó éste.

Lo anterior forma parte de una iniciativa de Dolores Eliza García Román, diputada del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), quien plantea se adicione el artículo 181 Bis, a la Ley de Aguas Para el Estado.

Describe que el usuario deberá presentarse a las oficinas del prestador del servicio inmediatamente o informar por teléfono de la interrupción del mismo, otorgándole a éste un número de reporte para que se establezca el tiempo preciso en que no se recibe el agua potable y cuando se le vuelve a suministrar.

Precisa que el usuario podrá acreditar mediante medio fehaciente que ha estado pagando el agua que consume a pipas privadas, para que el prestador del servicio haga los ajustes correspondientes al recibo de cobro.

“En muchas ocasiones nunca llega dicho líquido o se otorga en proporciones mucho menores a las que se tenían, pero el recibo de cobro mensual o bimestral si llega con el costo que se tenía cuando se contaba regularmente con este servicio”.