Jueves 02 de Mayo de 2024

Ordena la SCJN nueva investigación del caso Karla Pontigo

La indagatoria debe ser tratada como feminicidio y no como accidente, señaló la FJEDD

Rubén Pacheco

Por unanimidad, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), concedió hoy el amparo 1284/2015 por el caso del Karla Pontigo Lucciotto, presuntamente asesinada el 28 de octubre de 2012 en el bar “Play” de la capital potosina.

Con ello, se reabre la investigación para que la indagatoria sea tratada como feminicidio, y no como accidente, explicó la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho (FJEDD).

La FJEDD expuso que los actos reclamados fueron la omisión de reconocer el carácter de víctimas de los quejosos, la omisión de permitir la participación de las víctimas en la integración de la investigación, no investigar la muerte de forma efectiva y con perspectiva de género.

Rememoró que la necropsia, practicada a la joven el día de los hechos, dictaminó 11 tipos de lesiones en exteriores (que individualizadas representan alrededor de 39), entre ellas lesiones en genitales, un ojo, labios y cráneo, así como diversas lesiones punzocortantes.

La entonces Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), juzgó que Pontigo Lucciotto chocó contra una puerta de cristal y se ocasionó “accidentalmente” dichas lesiones, remarcó la Fundación.

Como víctima, recibe bien la noticia

Será la Fiscalía General del Estado (FGE) quien inicie desde cero la investigación de la muerte de la joven Karla Pontigo Lucciotto en el antro el ‘Play’, luego del pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobado por unanimidad para la reposición total del proceso, informó la señora Esperanza Luciotto, madre de la víctima.

Explicó que en lo personal se encuentra bien, pero al mismo tiempo admitió que es un compromiso para dar seguimiento puntual desde la perspectiva de su papel como víctima reconocida, a todo el proceso desde el comienzo de las investigaciones que fueron invalidadas a la antigua Procuraduría General de Justicia del Estado.

Ahora, la Fiscalía deberá integrar nuevamente el expediente desde la perspectiva del sistema penal tradicional, por medio del método de averiguación previa penal, por tratarse de un asunto conocido, investigado y juzgado con antelación al inicio del sistema penal acusatorio oral y adversarial.

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