Domingo 05 de Mayo de 2024

Sanciones más severas en desaparición forzada

Se castigará con pena de 40 a 60 años de prisión

Silvia Neri Corona

[Huasteca Hoy]

TAMAZUNCHALE. El pleno del Congreso del Estado, aprobó la iniciativa que presentó la diputada Josefina Salazar Báez, para reformar el Código Penal del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de aplicar sanciones severas al servidor público y particulares que cometan el delito de desaparición forzada de personas.

Con las reformas al Código Penal se establece que se sancionará con pena de 40 a 60 años de prisión, y de 10 mil a 20 mil días del valor de la Unidad de la Medida de Actualización, a “el servidor público, o el particular que con la autorización, el apoyo, o la aquiescencia de un servidor público, prive de la libertad en cualquier forma a una persona, seguida de la abstención o negativa a reconocer dicha privación de la libertad, o a proporcionar la información de la misma, o su suerte, destino o paradero”.

También para “el servidor público o al particular que con la autorización, el apoyo, o la aquiescencia de un servidor público, oculte o se niegue a proporcionar información sobre la privación de la libertad de una persona o sobre el paradero de una persona detenida en cualquier forma”.

Cuando el responsable tenga el carácter de servidor público, se impondrá la destitución e inhabilitación, según corresponda, para el desempeño de cualquier cargo, empleo, o comisión pública, hasta dos veces el mismo lapso de la privación de la libertad impuesta, a partir de que se cumpla la pena de prisión.

Artículo 157 Bis. Se impondrá pena de 20 a 30 años de prisión y de 500 a 800 días del valor de la Unidad de la Medida y Actualización, a quien omita entregar a la autoridad, o a los familiares, al nacido de una víctima del delito de desaparición forzada de personas durante el ocultamiento, a sabiendas de tal circunstancia.

Asimismo, se impondrá de 25 a 35 años de prisión a quien, sin haber participado en la comisión del delito de desaparición forzada de persona, retenga o mantenga oculto a la niña o niño que nazca durante el periodo de desaparición de la madre, a sabiendas de tal circunstancia.